Requisitos para el acceso y admisión
REQUISITOS PARA EL ACCESO Y ADMISIÓN
Según dispone el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010, para acceder a las enseñanzas oficiales de Máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster. Asimismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de máster.
De acuerdo con las previsiones del art. 75 de la Ley Andaluza de Universidades, Texto Refundido aprobado por Decreto legislativo 1/2013, de 8 de enero, a los únicos efectos del ingreso en los centros universitarios, todas las Universidades públicas andaluzas se constituyen en un distrito único, encomendando la gestión del mismo a una comisión específica, constituida en el seno del Consejo Andaluz de universidades. La composición de dicha comisión quedó establecida por el Decreto 478/1994, de 27 de diciembre, que sigue actuando tras la publicación del citado Texto Refundido de la ley Andaluza de universidades.
Puede consultarse el sistema del Distrito Único Andaluz en el siguiente enlace:
https://www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa/sguit/
Sobre los requisitos de acceso y admisión, puede consultarse:
https://www.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa/sguit/mo_requisitos_procedimiento.php
Además de los requisitos de acceso generalmente establecidos en el artículo 16 RD 1393/2007, los solicitantes deberán cumplir, en su caso, los requisitos específicos que requiera cada Máster en el que desee ser admitido. En su caso, estos requisitos específicos se hacen públicos desde el comienzo del plazo de presentación de solicitudes hasta la finalización del proceso en la respectiva universidad. En cualquier caso, siempre están disponibles en el punto de acceso electrónico:
https://www.juntadeandalucia.es/economiainnovacioncienciayempleo
A la hora de establecer los criterios de admisión, se atiende a lo establecido en el artículo 17 del Real decreto 1393/2007, modificado por el Real Decreto 861/2010.
Además de esto, se deben contemplar que los estudiantes deben tener las competencias asociadas al perfil que vienen establecidas en la Orden Ministerial CIN/350/2009, “orden por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Naval”, que se señalan en su Anexo 3:
- Capacidad para la redacción, firma y desarrollo de proyectos en el marco de su especialidad, pertenecientes al ámbito de la ingeniería naval y oceánica, que formen parte de las actividades de construcción, montaje, transformación, explotación, mantenimiento, reparación, o desguace de buques, embarcaciones y artefactos marinos, así como las de fabricación, instalación, montaje o explotación de los equipos y sistemas navales y oceánicos.
- Capacidad para la dirección de las actividades objeto de los proyectos en el marco de su especialidad.
- Capacidad para el aprendizaje de nuevos métodos y teorías, y versatilidad para adaptarse a nuevas situaciones basándose en los conocimientos adquiridos en materias básicas y tecnológicas.
- Capacidad para resolver problemas con iniciativa, toma de decisiones, creatividad, razonamiento crítico y para comunicar y transmitir conocimientos, habilidades y destrezas.
- Capacidad para la realización de mediciones, cálculos, valoraciones, tasaciones, peritaciones, estudios, informes, planos de labores y otros trabajos análogos, basándose en los conocimientos adquiridos en esas materias.
- Capacidad para el manejo de especificaciones, reglamentos y normas de obligado cumplimiento.
- Capacidad para analizar y valorar el impacto social y ambiental de las soluciones técnicas.
- Capacidad para organizar y planificar en el ámbito de la empresa y de las instituciones y organismos.
- Capacidad para trabajar en un entorno multilingüe y multidisciplinar.
- Conocimiento, comprensión y capacidad para aplicar la legislación necesaria en el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Naval.
A estos se deben añadir los relativos a la formación básica:
- Capacidad para la resolución de los problemas matemáticos que puedan plantearse en la ingeniería. Aptitud para aplicar los conocimientos sobre: álgebra lineal; geometría; geometría diferencial; cálculo diferencial e integral; ecuaciones diferenciales y en derivadas parciales; métodos numéricos; algorítmica numérica; estadística y optimización.
- Comprensión y dominio de los conceptos básicos sobre las leyes generales de la mecánica, termodinámica, campos y ondas y electromagnetismo y su aplicación para la resolución de problemas propios de la ingeniería.
- Conocimientos básicos de la química general, química orgánica e inorgánica y sus aplicaciones en la ingeniería.
- Conocimientos básicos sobre el uso y programación de los ordenadores, sistemas operativos, bases de datos y programas informáticos con aplicación en ingeniería.
- Capacidad de visión espacial y conocimiento de las técnicas de representación gráfica, tanto por métodos tradicionales de geometría métrica y geometría descriptiva, como mediante las aplicaciones de diseño asistido por ordenador.
- Conocimiento adecuado del concepto de empresa, marco institucional y jurídico de la empresa. Organización y gestión de empresas.
Los relativos a la rama naval,
- Conocimiento de los conceptos fundamentales de la mecánica de fluidos y de su aplicación a las carenas de buques y artefactos, y a las máquinas, equipos y sistemas navales.
- Conocimiento de la ciencia y tecnología de materiales y capacidad para su selección y para la evaluación de su comportamiento.
- Conocimiento de la teoría de circuitos y de las características de las maquinas eléctricas y capacidad para realizar cálculos de sistemas en los que intervengan dichos elementos.
- Conocimiento de la teoría de automatismos y métodos de control y de su aplicación a bordo.
- Conocimiento de las características de los componentes y sistemas electrónicos y de su aplicación a bordo.
- Conocimiento de la elasticidad y resistencia de materiales y capacidad para realizar cálculos de elementos sometidos a solicitaciones diversas.
- Conocimiento de la mecánica y de los componentes de maquinas
- Conocimiento de la termodinámica aplicada y de la transmisión del calor.
- Conocimiento de las características de los sistemas de propulsión naval.
- Capacidad para la realización del cálculo y control de vibraciones y ruidos a bordo de buques y artefactos.
- Conocimiento de los sistemas para evaluación de la calidad, y de la normativa y medios relativos a la seguridad y protección ambiental.
Además se han de considerar los correspondientes a la tecnología específica
a) Estructuras Marinas
- Capacidad para la realización de cálculos de geometría de buques y artefactos, flotabilidad y estabilidad.
- Conocimiento de la hidrodinámica naval aplicada.
- Conocimiento de las características de los materiales estructurales navales y de los criterios para su selección.
- Conocimiento de los procedimientos y sistemas que se emplean para el control de la corrosión marina.
- Capacidad para el diseño y cálculo de estructuras navales.
- Capacidad para el diseño y cálculo de los espacios habitables de los buques y artefactos marinos, y de los servicios que se disponen en dichos espacios.
- Capacidad para la integración a bordo de los sistemas propulsores, teniendo en cuenta su empacho, peso, cargas dinámicas, impacto en la estanqueidad, el espacio necesario para su mantenimiento, etc.
- Capacidad para la integración a bordo de los sistemas auxiliares teniendo en cuenta su empacho, peso, cargas dinámicas, impacto en la estanqueidad, el espacio necesario para su mantenimiento, etc.
- Capacidad para la integración a bordo de los sistemas eléctricos teniendo en cuenta su empacho, peso, cargas dinámicas, impacto en la estanqueidad, el espacio necesario para su mantenimiento, etc.
- Capacidad para la integración a bordo de los sistemas electrónicos de control y de navegación, teniendo en cuenta su empacho, peso, impacto en la estanqueidad, el espacio necesario para su mantenimiento, etc.
- Conocimiento de los métodos de proyecto de su tecnología específica.
- Conocimiento de los procesos de construcción naval.
- Conocimiento de los fundamentos del tráfico marítimo para su aplicación a la distribución de los espacios del buque.
b) Propulsión y servicios del buque
- Conocimiento de los materiales específicos para máquinas, equipos y sistemas navales y de los criterios para su selección.
- Conocimiento de los motores diésel marinos, turbinas de gas y plantas de vapor.
- Conocimiento de los equipos y sistemas auxiliares navales.
- Conocimiento de las máquinas eléctricas y de los sistemas eléctricos navales.
- Capacidad para proyectar sistemas hidráulicos y neumáticos.
- Conocimiento de los métodos de proyecto de los sistemas de propulsión naval.
- Conocimiento de los métodos de proyecto de los sistemas auxiliares de los buques y artefactos.
- Conocimiento de los procesos de fabricación mecánica.
- Conocimiento de los procesos de montaje a bordo de máquinas equipos y sistemas.
- Conocimiento de los fundamentos del tráfico marítimo para su aplicación a la selección y montaje de los medios de carga y descarga del buque.
Las solicitudes se priorizarán atendiendo a los criterios siguientes:
- Expediente académico. A igualdad de expediente académico se procederá a la decisión con el siguiente requisito.
- Experiencia laboral: A igualdad de experiencia laboral se procederá a la decisión con el siguiente requisito.
- Currículo Vitae
No se prevé el acceso directo de los Ingenieros Técnicos Navales al Máster. Sólo podrán acceder tras obtener las competencias de la Orden CIN/350/2009, de 9 de febrero, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Naval, y acreditar el nivel B1 en inglés, no siendo necesaria la realización del Proyecto Fin de Grado.
Los ingenieros técnicos navales que deseen cursar el Máster en Ingeniería Naval y Oceánica por la Universidad de Cádiz pueden proceder de cualquier Escuela del territorio nacional. En ellas habrán podido seguir un cierto itinerario curricular dentro de un determinado plan de estudios, no siendo necesariamente los mismos en todos los casos. Así, dependiendo del plan de estudios cursado e itinerario curricular seguido por el alumno, la Comisión de Garantía de Calidad establecerá los complementos formativos necesarios para la adquisición de las competencias. Estos complementos podrán cursarse en el propio grado en Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima o a través del itinerario curricular concreto correspondiente.
El órgano de admisión, es el encargado de proponer a la Junta de Escuela, donde tendrán que ser aprobados, el baremo y los criterios por los cuales se establecerá el orden de admisión al Máster en Ingeniería Naval y Oceánica por la Universidad de Cádiz, es la Comisión de Garantía de Calidad de la Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica.