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UniversidaddeCádiz
Escuela de Ingeniería Naval y Oceánica

Normas de permanencia

 Graduado en Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima

Régimen de permanencia de los estudiantes e itinerarios para los alumnos a tiempo completo y tiempo parcial
El régimen general de permanencia de los estudiantes en la titulación será el que se establezca en cada momento por los órganos competentes de la Universidad de Cádiz. En la actualidad, los Estatutos de la Universidad establecen en su Artículo 166 respecto a las Normas de progreso y permanencia que “El Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno y previo informe del Consejo de Coordinación Universitaria, aprobará las normas que regulen el progreso y permanencia de los estudiantes en la Universidad de Cádiz, de acuerdo con las características de los respectivos estudios”.
Por otra parte, existe también un Reglamento por el que se regula el acceso y la matriculación en la Universidad de Cádiz, aprobado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 13 de julio de 2004 (BOUCA núm. 14, de 23 de julio) y modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 14 de julio de 2005 (BOUCA núm. 29, de 21 de julio) y modificado por Acuerdo del Consejo de Gobierno adoptado en su sesión de 20 de julio de 2006 (BOUCA núm. 46, de 27 de julio). En su artículo 2.1, el citado reglamento establece que “Los alumnos podrán matricularse de cuantas asignaturas se contemplen en el plan de estudios que pretendan cursar, con las limitaciones establecidas en el propio plan”, mientras que en el Artículo 3.1 se indica que “La permanencia de los alumnos en la Universidad de Cádiz se regulará por lo establecido en la normativa que a tal efecto apruebe el Consejo Social, a propuesta del Consejo de Gobierno”.
Finalmente, el Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 28 de octubre de 2008 (BOUCA nº 84) estableció unas Pautas para la elaboración de Planes de Estudios de Grado en las que se establece que “un alumno no podrá matricularse en un mismo curso de más de 78 créditos, salvo que reciba autorización expresa para ello”.
Además de la normativa anteriormente citada y de cuantas actualizaciones se realicen por parte de los órganos competentes, en cuanto al régimen de permanencia de los estudiantes e itinerarios para los alumnos a tiempo completo, en el presente plan de estudios se establecen las siguientes condiciones, que constituyen una referencia inicial, que podrá ser revisada periódicamente por la Escuela en el marco del PM01.-Procedimiento de Medición, Análisis y Mejora del Sistema de Garantía Interno de la Calidad:
  1. Los alumnos que se matriculen a tiempo completo no podrán hacerlo en ningún caso en más de 78 créditos ECTS.
  2. Los alumnos que deseen matricularse en más de 60 créditos ECTS deberán solicitar autorización previa a la Comisión de Garantía de Calidad del Centro.
  3. Los alumnos que deseen matricularse de asignaturas de un determinado curso deberán matricularse también de todas las asignaturas que tengan pendientes de cursos anteriores, a fin de garantizar la correcta secuenciación del aprendizaje.
  4. Los alumnos que no superen en un curso académico al menos 30 créditos ECTS solo podrán continuar en la titulación si reciben autorización por parte de la Comisión de Garantía de Calidad del Centro, que podrá condicionar dicha autorización al cumplimiento por parte del alumno de ciertos requisitos.
  5. Para poderse matricular de las asignaturas de las Tecnologías Específicas de tercer curso es necesario haber superado el 80% de los créditos de las asignaturas de los dos primeros cursos.
  6. El alumno deberá cursar al menos dos materias optativas de 12 ECTS. Para poder cursarlas deberá haber superado el 60% de los créditos de las asignaturas de tecnología específica.
  7. Los criterios que utilice esta Comisión deberán en todo caso respetar los principios de transparencia e igualdad de oportunidades.
  8. Igualmente, será función de la Comisión de Garantía de Calidad del Centro el diseño de itinerarios curriculares recomendados a aquellos alumnos que presenten alguna discapacidad que les impida el desarrollo normal de las actividades formativas del Graduado/a en Arquitectura Naval e Ingeniería Marítima.
Se consideran alumnos a tiempo parcial aquellos que se matriculen en cada curso de un máximo de 36 créditos ECTS y seguirán un itinerario particularizado en cada caso tras su aprobación por parte de la Comisión de Garantía de Calidad del Centro (o Subcomisión del Título, en su caso). En este sentido, debe señalarse que la estructura modular del plan de estudios así como la secuenciación de los distintos módulos, materias y asignaturas se han realizado de manera que facilitan la elaboración de este tipo de itinerarios para estudiantes que deseen cursar la titulación a tiempo parcial empleando para ello ocho cursos académicos. Estos itinerarios particularizados respetarán, en la medida de lo posible, los puntos referidos anteriormente para los alumnos a tiempo completo.